¿Cómo prevenir el mobbing laboral en tu empresa?

¿Sabes qué es el mobbing laboral? ¡Hoy te enseñaré cómo prevenirlo en tu empresa!

Con estos datos podrás tomar las riendas de lo que sucede dentro de tu organización y evitar problemas entre tus trabajadores.

Fíjate lo que veremos:
-Te diré qué es y cómo prevenir el mobbing laboral.
-Te explicaré cuánto se produce el mobbing laboral.
-Hablaremos sobre la legislación española contra el mobbing laboral
-Te explicaré cómo actuar ante un caso de mobbing laboral (esto te va a ayudar MUCHÍSIMO).
-Si eres una víctima te diré qué es lo que puedes hacer para enfrentar esta situación.
-Y mucho más…

Como ves, este es un tema muy relevante y muy delicado, por lo que me gustaría iniciar este artículo con algunas estadísticas sobre el acoso laboral (mobbing) que debes conocer. Observa:

Cifras lamentables. Por ello, tu deber como emprendedor y líder es prevenir el mobbing laboral a toda costa. Dicho esto, entremos en materia:

Mobbing laboral: ¿qué es y cómo reconocerlo?

El acoso laboral o mobbing son las acciones que llevan a cabo uno o varios hostigadores en contra de un trabajador o un grupo de trabajadores dentro de una empresa con el fin de lograr su salida de la organización.

Se trata de un tipo de violencia psicológica, por lógica injustificada, que es capaz de provocar daños irreversibles en la persona acosada que, en ocasiones, no llega a superar el problema.

Además…

Le puede costar caro a la empresa al producir enfermedades ocupacionales y por el hecho, de que estas actuaciones están penadas por la ley.

El mobbing laboral se puede producir en cualquier escaño de la empresa: puede ser entre compañeros de trabajo, de un subordinado hacia un jefe o del jefe a sus empleados.

El acoso laboral puede provocar daños psicológicos irreversibles a la víctima

¿Cuándo se produce el mobbing laboral?

Iñaki Piñuel, experto en acoso laboral, indica que si un trabajador siente hostigamiento psicológico durante seis meses, dos veces por semana, califica como un caso de mobbing.

Aquí te presentamos 15 modalidades de mobbing:

  1. Gritos e insultos hacia un trabajador.
  2. Amenazas contra la víctima.
  3. Sobrecargo de actividades.
  4. Quitarles tareas inherentes a su cargo dentro de la empresa.
  5. Difamar a la víctima.
  6. Ocultar información que la víctima necesita para desarrollar sus labores.
  7. Discriminación por ideologías, religión o creencias personales.
  8. Impedir la comunicación con otros trabajadores.
  9. No valorar el esfuerzo que se hace en la empresa ni los éxitos que alcanza.
  10. Control excesivo y malintencionado de las labores que ejerce el acosado.
  11. Humillaciones en público.
  12. Intimidaciones físicas y verbales.
  13. Modificación de responsabilidades sin notificarlo.
  14. Aislamiento del trabajador.
  15. Críticas constantes al trabajo, ideas, propuestas e incluso, a la vida personal de la víctima.

Legislación española contra el mobbing laboral

El acoso psicológico en el trabajo está expresamente prohibido en las leyes españolas -comenzando por la Constitución-, pues viola los derechos a la dignidad personal, a la igualdad y la no discriminación, a la integridad física y moral, a la libertad ideológica y religiosa, al honor,  a la intimidad personal y a la propia imagen.

El Código Penal Español define el acoso laboral como “el hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad”.

De probarse que existe acoso laboral, se pueden aplicar penas de un año y nueve meses a tres años de prisión, o una multa de 18 a 24 meses.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales también protege al trabajador contra este tipo de acciones.

En este caso, puede tomar medidas contra el empresario al ser este responsable de prevenir, frenar y corregir estos daños. O en su defecto, ser el responsable directo por acción u omisión de los casos.

La víctima también puede actuar por la vía civil y penal contra los compañeros de trabajo que incurran en mobbing laboral.

“El empleador que oculte casos de mobbing laboral puede ser acusado de responsable directo”

Para la empresa: ¿Cómo actuar ante un caso de mobbing laboral?

La empresa está obligada a detener este tipo de conductas y tomar medidas para prevenirlas. Muchas veces se detecta un caso y se corrige, pero si el ambiente de trabajo es hostil se presta para que se produzca nuevamente.

Toma nota de estas recomendaciones que debes aplicar en caso de detectar este tipo de situaciones dentro de la organización que diriges:

  • Fomentar el apoyo entre trabajadores.
  • Definir claramente los puestos de trabajo, tareas, objetivos y margen de autonomía de cada empleado.
  • Promover la negociación en conflictos laborales
  • Proporcionar información, formación y tiempo para que los trabajadores ejerzan sus tareas.
  • Garantizar respeto y trato justo a todos los trabajadores.
  • Ignorar la personalidad del acosador.
  • Si la situación no se resuelve, cambiar de puesto al acosador.
  • No cambiar de puesto a la víctima sin que esta no lo haya solicitado previamente.

Para el trabajador: ¿Qué puedo hacer si soy víctima de mobbing laboral?

Si te sientes acosado por alguien en tu sitio de trabajo, debes ser capaz de reconocer que hay un problema y hacerle frente al acosador, pues no espera que reacciones de esa forma y le pondrás un freno.

Otras medidas que puedes tomar son las siguientes:

  • Evita reacciones agresivas, porque serán tomadas en tu contra.
  • Lleva registro de todas las acciones que consideres son parte de las agresiones.
  • Comunica a tus compañeros, jefes, directivos y familiares sobre las agresiones que recibas.
  • Protege los datos de tu trabajo para evitar que sean manipulados por el acosador.
  • Solicita asesoramiento psicológico y legal para hacer frente al problema.
  • Responde a las calumnias sin pasividad ni agresividad.
  • Evita el aislamiento social.

Procura que los trabajadores se vean unos a otros como un equipo y no como competencia.

Cuando realmente no es mobbing y es un cuento del trabajador

Este artículo puede estar siendo consultado también por empresarios que están recibiendo una especie de amenazas o acusaciones de haber recibido mobbing.

De la misma manera que hay Jefes que puedan hacer mobbing hay personas en el equipo que acusen a sus jefes de hacerles mobbing o peor aún inicie acciones contra el para coaccionar o para sacar un rédito extra.

Tanto hacer mobbing como acusar de hacer mobbing son dos actitudes lamentables. Si el lector está siendo acusado de hacer mobbing, nuestra recomendación es siempre CONTAR CON EVIDENCIAS.

Es por ello que, contar con un sistema de trabajo organizado como Platzilla donde quede registrado el trabajo y las condiciones de la misma puede ayudar. Pero no sólo ello, sino también los reportes diarios y los diarios de las reuniones ayuda.

Ahora bien… si la acusación está fundamentada en discriminación o actitudes que sean difícil de demostrar lo contrario, la recomendación es que se realicen además de las reuniones semanales y reportes diarios para indicar posibles “asuntos a tratar”, que cada cierto tiempo se pasen encuestas internas de satisfacción.

Así, si alguien ha ido declarando que “está satisfecho” en dichas encuestas es complicado de que la noche a la mañana cambie de opinión y desarrolle una falsa acusación.

Y si…, es lamentable tener que prevenir a veces para estos casos pero no hay que pecar de inocente y aplicar 2 máximas que suelen ayudar:

  1. Hacer los contratos como si las partes fueran enemigas para acabar como amigas. Es decir, no dar todo por hecho, sino poner las reglas claras y precisas
  2. Nunca conocerás a tu pareja hasta que te divorcies. Esta afirmación es por desgracia cierta en muchos casos. Cuando cambian las circunstancias, pueden cambiar las personas. Digo pueden porque no es siempre así y por ello, te sugiero que, no pongas la mano en el fuego de por sí por todo el mundo, sino que te blindes por si, alguien quiere aprovechar la defensa de las víctimas del mobbing a su favor sin ser dicha persona una víctima.

Espero que el lector que lea esta última parte, no se moleste por posicionarnos de un modo neutro y abordar la problemática desde varios ángulos.

Sin más me despido, gracias por leernos

Autor
David Polo Moya
David Polo Moya

Nacido en Madrid, de 46 años. Licenciado en Business por la Universidad de Portsmouth (Reino Unido) MBA por el Instituto de Empresa en Madrid (España) e Indian Instute of Management en Calcuta (India). Emprendedor recurrente, David Polo es el fundador de Time Management, consultora de sistemas de gestión con más de 12 años de experiencia y por otro lado los blogs emprender-facil.com y gestionar-facil.com. Consultor independiente de emprendedores y empresas, en análisis, gestión y medición de datos, David Polo Moya se enfoca en el desarrollo empresarial a través del uso de Plataformas de gestión, consultoría estrategia y de innovación y ayuda a emprendedores y empresarios. Creador de metodologías como Matriz estrella y experto en Jobs to be done y metodología Raíles. Visita mi perfil en about.me: https://about.me/davidpolomoya


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